EZEQUIEL ANCHAY CHUÑOCCA contra PROCESOS CERAMICOS S.A. sobre Pago de Beneficios SocialesPRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO.- En los seguidos por EZEQUIEL ANCHAY CHUÑOCCA contra PROCESOS CERAMICOS S.A. sobre Pago de Beneficios Sociales, Expediente Nº 92-2000, el 17° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de
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a cargo de la Juez Dra. Pilar Crisóstomo Arango de Ucanan, Especialista Legal Dr. Angello Carlo Rojas Quiñones, ha dispuesto que la Martillero Público María Estela Valencia Polar, proceda llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en la Calle Alipio Ponce 193, Lotización Pre- Urbana Barbadillo, distrito de Ate, provincia y departamento de
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, inscrito en la Partida N° 45122972 del Registro de Propiedad Inmueble de
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; VALOR TASACION: US$ 2´520,976.73 (DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS SETENTISEIS Y 73/100 DOLARES AMERICANOS) BASE DE LA POSTURA: US$ 1´680,651.15 (UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTIUNO Y 15/100 DOLARES AMERICANOS) equivalente a los 2/3 de la tasación; AFECTACIONES: 1)Embargo: medida de embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 30,000.00 por orden del 13° Juzgado Especializado en lo Laboral de
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mediante Resol. N° 1 del 09/12/2003 conforme a la Resol. N° 2 del 14/01/2004, la Resol. N° 6 del 30/03/2004 y Resol. N° 52 del 25/05/2004. En los seguidos por Amadeo Vilchez Chiroque con Procesos Cerámicos S.A. sobre pago beneficios sociales (Exp. 183413-2000-00101. Título presentado 12/05/2004. Asiento D00007; 2) Embargo: hasta por S/14,672.00 por orden del 11° Juzg. Especializado en lo Laboral de
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por Resol. N°1 del 30/01/04, Resol. Jud. N°36 del 30/03/04 y Resol. N° 40 del 30/09/04. En los seguidos por Cipriani Huamancusi Arana con Procesos Cerámicos S.A. sobre pago beneficios sociales (Exp. 183411-2000-00098). Título presentado el 14/04/04. Asiento D00008; 3)Embargo: hasta por S/22,588.91 por orden del 18° Juzg. Laboral de
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por Resol. N° 38 del 07/12/04, sobre el inmueble de propiedad de Procesos Cerámicos S.A. transferida por venta a Alcomsa S.A. y posteriormente al Bco de Crédito del Perú en los seguidos por Agustín Ramírez Coronado contra Procesos Cerámicos S.A. sobre beneficios sociales (Exp. 183418-2000-00098). Título presentado el 01/02/05. Asiento D00009; 4)Embargo: hasta por S/18,084.04 por orden del 12° Juzg. Laboral de
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por Resol. N° 36 del 01/04/05 en los seguidos por Juan Taipe Ordoñez contra Procesos Cerámicos S.A. en liquidación sobre beneficios sociales (Exp. 183412-2000). Título presentado el 01/09/05. Asiento D00010; 5)Embargo: hasta por S/15,371.00 por orden del 23° Juzg. Laboral de
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por Resol. N° 40 del 17/12/04 y N° 41 del 03/05/05 en los seguidos por Paravecino Flores Oswaldo contra Procesos Cerámicos S.A. en liquidación sobre pago beneficios sociales (Exp. 183408-2000-00099-0). Título presentado el 28/06/05. Asiento D00011; 6)Rectificación: se rectifica el as. D00011 que el monto del embargo es de S/ 15,371.00 y US$ 601.30. Título presentado el 22/09/05. Asiento D00012; 7) Medida cautelar: por Resol. N°36 del 04/01/05 y su aclaratoria Resol. N° 39 del 28/04/05, se ordena trabar embargo hasta por S/ 19,764.76 en los seguidos por Ismael Flores Cuadros con Procesos Cerámicos S.A. Título presentado el 24/02/05. Asiento D000012; 8)Embargo: hasta por S/14,697.74 por orden del 2° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. N° 35 del 10/01/05 aclarado por Resol. N° 39 del 02/08/05 en los seguidos por Maximo Soca Suarez contra Procesos Cerámicos S.A. en liquidación sobre beneficios sociales (Exp. 183402-2000). Título presentado el 28/04/05. Asiento D00013; 9) Embargo: hasta por S/19,543.89 por orden del 7° Juzg. de Trabajo de
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mediante Resol. N° 44 del 06/02/05 y N° 47 del 08/08/05 sobre el inmueble que le corresponde a Procesos Cerámicos, transferida a Alcomsa Peru S.A., luego a Industrias Proceram S.A. y luego al Bco. Crédito del Perú, en los seguidos por Francisco Ramos Jara contra Procesos Cerámicos S.A. sobre pago beneficios sociales (Exp. 183407-2000-00103). Título presentado el 04/05/05. Asiento D00014; 10) Embargo: hasta por S/34,597.80 por orden del 1° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. N° 55 del 03/02/05 y sus Aclaratorias N° 63 y N° 65 del 12/05/05 y 10/11/05 en los seguidos por Ezequiel Anchay Chuñocca contra Procesos Cerámicos S.A. sobre indemnización por despido arbitrario y otro (Exp. 183401-2000-00002). Título presentado el 27/06/05. Asiento D00015; 11) Embargo: hasta por S/17,514.35 por orden del 7° Juzg. de Trabajo de
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mediante Resol. Jud. N° 01 del 09/12/03 y Reso. Jud. N° 09 del 31/01/05 en los seguidos por Velarde Cuéllar Cancio contra Procesos Cerámicos S.A. y otros sobre pago benef. soc. (Exp. 183407-2000-00156-42). Título presentado el 08/07/05. Asiento D00016; 12) Embargo: hasta por S/19,608.87 y US$ 116.99 por orden del 23° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. N° 66 del 01/09/05 y Reso. N° 67 del 04/01/06 en los seguidos por Justiniano Peralta Paredes contra Procesos Cerámicos S.A. y otros sobre pago benef. econ. (Exp. 183408-2000-00098-0). Título presentado el 22/09/05. Asiento D00017; 13) Embargo: hasta por US$ 184,000.00 sobre los bienes del demandado Rafael de La Fuente Chavez Delgado, por orden del 05° Juzg. Civil del Callao mediante Resol. N° 6 del 19/03/08 y Reso. N° 7 del 20/05/08 en los seguidos por Jorge Néstor Delgado Napurrí contra Rafael de La Fuente Chavez Delgado, sobre obligac. de dar suma de dinero (Exp. 2007-1922-35-0701). Título presentado el 24/04/08. Asiento D00018; 14) Variación Embargo: por Resolu. N° 71 del 15/10/08 del 11° Juzg. Laboral de
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, se ha ordenado la variación en forma de inscripción anotado en el as. D00008, consistente en la ampliación hasta por la suma de S/6,593.90 en los seguidos por Cipriani Huamancusi Arana contra Procesos Cerámicos S.A. sobre pago benef. sociales (Exp. 183411-2000-00098). Título presentado el 03/02/09. Asiento D00019; 15) Embargo: hasta por S/11,197.96 por orden del 3° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. Jud. N° 44 del 14/07/05 en los seguidos por Hugo Toribio Gomez Cerda contra Procesos Cerámicos S.A. sobre indemnizac. por despido arbitrario y otros. Título presentado el 25/06/09. Asiento D00020; 16) Embargo: hasta por S/14,382.24 por orden del 1° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. Jud. N° 37 del 12/01/05 aclarada por Resol. N° 46 del 10/10/05;Resol. N° 49 del 22/09/06 y Resol. N° 59 del 03/10/07 en los seguidos por Florencio Valenzuela Quispe contra Procesos Cerámicos S.A. (Exp. 183401-2000). Título presentado el 01/09/09. Asiento D00021; 17)Embargo: hasta por S/18,899.06 por orden del 5° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. Jud. N° 61 del 04/12/09 y Resol. N° 62 del 27/01/10 en los seguidos por Paulino Condore Sulicaray contra Procesos Cerámicos S.A. sobre indemnizac. por despido arbitrario y otros. Título presentado el 17/11/09. Asiento D00022; 18) Variación Embargo: por Resolu. N° 42 del 03/03/10 del 7° Juzg. Laboral de
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, se ha ordenado ampliar el monto embargado en el as. D00016 hasta por la suma de S/2,737.29 por intereses legales y US$ 2,607.08 por concepto de intereses bancarios, en los seguidos por Cancio Velarde Cuellar contra Procesos Cerámicos S.A. y otros sobre pago benef. econ. (Exp. 183407-2000-00156). Título presentado el 30/04/10. Asiento D00023; 19) Embargo: hasta por S/14,081.03 y US$ 1,231.65 por deuda principal y S/ 4,089.88 y US$ 19.64 por concepto de interés bancario, ordenado por 9° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. N° 58 del 03/03/08 en los seguidos por Modesto García Huacachi contra Procesos Cerámicos S.A. sobre indemnizac. por despido arbitrario y otros. Título presentado el 12/03/10. Asiento D00024; 20) Embargo: hasta por S/23,959.84 ordenado por 2° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. N° 28 y Resol. Aclaratoria N°30 del 03/05/10 en los seguidos por Carlos Roberto Tenorio Escalante contra Procesos Cerámicos S.A. sobre benef. sociales. Título presentado el 14/07/10. Asiento D00025; 21) Embargo: hasta por S/11,984.67 por orden del 17° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. Jud. N° 64 del 04/03/10 en los seguidos por Victor Cahuana Mendoza contra Procesos Cerámicos S.A. sobre pago benef. sociales. Título presentado el 11/08/10. Asiento D00025; 22) Embargo: hasta por S/45,154.86 por orden del 13° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. N° 53 del 06/12/10 en los seguidos por Niceforo Coronado Mendoza contra Procesos Cerámicos S.A. sobre indemnizac. por despido arbitrario. (Exp. 183413-2000). Título presentado el 01/02/11. Asiento D00026; 23) Embargo: hasta por S/15,913.36 por orden del 15° Juzg. Laboral de
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mediante Resol. N° 39 del 05/11/07 en los seguidos por Julian Urrutia Vilchez contra Procesos Cerámicos S.A. sobre indemnizac. y benef. sociales (Exp. 183415-2000-00099). Título presentado el 05/10/11. Asiento D00027; 24) Variación Embargo: por Resolu. N° 80 del 04/07/11 y N° 82 del 16/12/11 el 13° Juzg. Laboral de
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, ha ordenado variar la medida cautelar anotada en el as. D00007 el cual se amplía a S/35,736.67 en los seguidos por Amadeo Vilchez Chiroque con Procesos Cerámicos S.A sobre pago benef. econ. (Exp. 101-2000-1801-JR-IA-13)). Título presentado el 10/01/12. Asiento D00028; 25) Ampliación de embargo: se amplía el embargo inscrito en el As. D00015 hasta por S/ 42,227.29 ordenado por Resol. N° 83 (15/04/11), N° 84 (02/03/12) y N° 85 (17/04/12) expedidas por 1° Juzg. Laboral de
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. En los seguidos por Ezequiel Anchay Chuñocca contra Procesos Cerámicos S.A. sobre indemnización por despido arbitrario y otro (Exp. 92-2000). Título presentado el 26/03/12. Asiento D00029; 26) Ampliación de embargo: se amplía el embargo inscrito en el As. D00021 hasta por S/ 20,277.28 ordenado por Resol. N° 69 del 14/10/11 expedida por 1° Juzg. Laboral de
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, reiterado por Resol. N° 71 del 24/07/12. En los seguidos por Florencio Valenzuela Quispe contra Procesos Cerámicos S.A. sobre pago benef. econ. (Exp. 00093-2000-0-1801-JR-LA-01)). Título presentado el 07/08/12. Asiento D00030;27) Títulos pendientes: existen títulos pendientes y/o suspendidos: 2012-00972027; DIA Y HORA DEL REMATE: el 31 de enero del 2013 a las 09:00 a.m.
LUGAR DEL REMATE:
Sala de Remates Primer piso del Edificio Alzamora Valdez ubicado en la esquina de las avenidas Abancay con Nicolás de Piérola S/N, Cercado de
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; POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia; adjuntar tasa judicial correspondiente y DNI y/o RUC (con copia de c/u); indicar: acto a realizarse, número de expediente, juzgado y documento de identidad.-
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, enero del 2013; María Estela Valencia Polar, Martillero Público, Reg. N° 116.- Especialista Legal Dr. Angello Carlo Rojas Quiñones.- PODER JUDICIAL.- ANGELLO CARLO ROJAS QUIÑONES-ESPECIALISTA LEGAL - 17° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA.- María Estela Valencia Polar-Martillero Público Registro N° 116 - Economista.-