viernes, 5 de octubre de 2012

04/10/2012 REMATES Propiedades LIMA, BANCO DE CREDITO DEL PERU

BANCO DE CREDITO DEL PERU

REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA.- En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU, contra JUAN CARLOS CASTRO VIDAL Y ERIKA TERESA GERKENS DELGADO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente N°12060-2009, el QUINTO JUZGADO CIVIL, SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL DE LIMA, que despacha el Dr. Eder Juárez Jurado, Especialista Legal Dr. Roger Willson Rivera Aguado, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en Calle Wenceslao Infante de la Torre N°113, tercer piso, Departamento 301, Distrito de San Borja, Provincia y Departamento de

Lima

, inscrito en la Partida N°45346668 del Registro de Propiedad Inmueble de

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, siendo el valor de TASACION, la suma de US$50,807.80 (CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SIETE Y 80/100 DOLARES AMERICANOS); y, sirviendo como precio base para la subasta pública las dos terceras partes de dicha tasación, esto es la BASE de US$33,871.87 (TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 87/100 DÓLARES AMERICANOS), diligencia que será conducido por el Martillero Público Rómulo Encarnación Vásquez, en aplicación de la Ley N°28371. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA, constituida a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de S/.77,806.25, por Escritura Pública de fecha 23 de enero del 2006, ante Notario Público de

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, Alberto Florez Barrón, inscrita en el asiento D0002 de la Partida N°45346668 del Registro de Propiedad Inmueble de

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. 2) MODIFICACION Y AMPLIACION DE HIPOTECA, la hipoteca registrada en el asiento D0002, constituida a favor del Banco de Crédito del Perú, ha sido modificada respecto del préstamo, la misma que garantizarán además de las obligaciones y deudas que se detallan en la cláusula tercera del título que se archiva, así mismo se amplía la hipoteca hasta por la suma de S/.150,000.00, por Escritura Pública de fecha 17 de mayo del 2007, ante Notario Alberto Florez Barrón, inscrita en el asiento D0004 de la Partida N°45346668 del Registro de Propiedad Inmueble de

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.3) ANOTACION DE DEMANDA, mediante Resolución N°01 de fecha 05 de marzo del 2010, expedida por el Juez que despacha el Quinto Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de

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, Eder Juárez Jurado y sec. Roger Wilson Rivera Aguado, se ha dispuesto la medida cautelar de anotación de demanda, sobre ejecución de garantías, interpuesto por Banco de Crédito del Perú contra Juan Carlos Castro Vidal y Erika Teresa Gerkens Delgado, inscrita en el asiento D0005 de la Partida N°45346668 del Registro de Propiedad Inmueble de

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. 4) EMBARGO, por Resolución Judicial N°04 de fecha 30 de abril del 2010, expedida por el Juez Titular del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja Dr. Simón Máximo Campo Rodríguez, se ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción por la suma de S/. 18,300.00 nuevos soles, sobre las acciones y derechos que corresponde a Juan Carlos Castro Vidal, en los seguidos por Banco Internacional del Perú S.A.A; sobre Medida cautelar fuera del proceso; inscrita en el asiento D0006 de la Partida N°45346668 del Registro de Propiedad Inmueble de

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.; 5) EMBARGO, por Resolución Judicial N°02 de fecha 14 de octubre del 2011, expedida por el 14° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial que despacha el Juez titular Dr. José Clemente Escudero López, se ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción por la suma de S/. 180,000.00 nuevos soles, sobre las acciones y derechos que corresponde a Juan Carlos Castro Vidal, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú sobre Obligación de dar suma de dinero; inscrita en el asiento D0007 de la Partida N°45346668 del Registro de Propiedad Inmueble de

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.- DÍA Y HORA DEL REMATE: 16 de octubre del 2012, a horas 11:00 a.m.- LUGAR DEL REMATE:
Sala de Remates, piso 1, del Edificio Javier Alzamora Valdez, sito en Avenida Abancay y Nicolás de Piérola S/N, Cercado de

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.- Los postores oblarán no menos del 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; así mismo presentarán su arancel judicial (con copia de arancel y del DNI), suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los Honorarios del Martillero Público serán de cargo del Adjudicatario, conforme a la Tabla de arancel establecido por el Reglamento de la Ley del Martillero Público, Decreto Supremo N°008-2005-JUS, más el Impuesto General a las Ventas.-

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, 13 de septiembre de 2012.- Rómulo Encarnación Vásquez-MARTILLERO PUBLICO-Reg. N° 245.- PODER JUDICIAL.- ROGER WILLSON RIVERA AGUADO-Secretario Judicial-5° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial-CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA.-

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